Si te despiden, puedes tener derecho a dos cantidades distintas: el finiquito y la indemnización.
No todos los despidos generan indemnización. Y el importe depende del tipo de despido y de lo que la empresa te deba por lo ya trabajado. Aquí verás qué te corresponde en cada caso, con un ejemplo con números. Si quieres impugnar el cese, consulta el plazo para reclamar un despido.
¿Qué me corresponde si me despiden?
En resumen, esto:
- Finiquito: siempre. Es lo que ya has generado y la empresa te debe.
- Indemnización: solo cuando corresponda según el tipo de despido.
- Documentación: la carta de despido y el documento de finiquito. También los documentos para pedir el paro.
No son lo mismo. El finiquito es la liquidación de lo pendiente: salario, vacaciones y pagas. La indemnización es una compensación por perder el empleo. Se calculan por separado y se suman.
¿Qué incluye el finiquito cuando te despiden?
Lo mismo que en cualquier otra salida. Lo básico:
- Salario pendiente: los días trabajados desde tu última nómina.
- Vacaciones no disfrutadas: los días generados y no cogidos.
- Pagas extra pendientes: la parte generada, si no están prorrateadas.
- Otros conceptos: comisiones, variables u horas extra que te deban.
El cálculo completo, paso a paso, lo tienes en cómo calcular un finiquito.
¿Cuánto me corresponde de indemnización por despido?
Depende del tipo de despido.
Despido objetivo
- Indemnización: 20 días de salario por año trabajado.
- Límite: 12 mensualidades.
- Periodos inferiores a un año: se calculan en proporción por meses.
Salario diario × 20 × años trabajados = indemnización
Un ejemplo. Con un salario diario de 60 € y 5 años trabajados: 60 × 20 × 5 = 6.000 €. En el despido objetivo, además, la empresa debe darte un preaviso de 15 días o pagarte el salario de esos días.
Despido improcedente
- Indemnización: 33 días de salario por año trabajado.
- Límite: 24 mensualidades.
- Periodos inferiores a un año: se calculan en proporción por meses.
Si tu contrato empezó antes del 12 de febrero de 2012, el tiempo trabajado hasta esa fecha se calcula con otra regla: 45 días por año. El tiempo posterior sigue la regla de 33 días. Los límites también tienen una particularidad en este caso. Si estás en esa situación, conviene que lo revise un profesional.
Hay un detalle importante. Cuando el despido es improcedente, la empresa puede elegir entre pagar la indemnización o readmitirte.
Despido disciplinario procedente
- No genera indemnización.
- Sí corresponde el finiquito, igual que en cualquier otro caso.
Es el despido por un incumplimiento grave y culpable del trabajador, cuando la empresa lo justifica y se acepta como procedente. Si no consigue justificarlo, pasa a ser improcedente, y entonces sí hay indemnización.
Despido nulo
No es una indemnización ordinaria. Normalmente supone la readmisión inmediata en tu puesto y el pago de los salarios que has dejado de cobrar desde el despido. En algunos casos, como un despido que vulnera derechos fundamentales, también puede haber una indemnización por daños. Cada caso se decide por separado.
Esta tabla lo resume de un vistazo:
| Situación | Indemnización |
|---|---|
| Despido objetivo | 20 días por año trabajado (máximo 12 mensualidades) |
| Despido improcedente | 33 días por año trabajado (máximo 24 mensualidades) |
| Despido disciplinario procedente | 0 € |
| Despido nulo | Consecuencias específicas: readmisión y salarios no cobrados |
En todos los casos se mantiene el finiquito.
Ejemplo: cuánto me corresponde si me despiden
Es un ejemplo orientativo. Estas son las hipótesis:
- Salario de 1.800 € brutos al mes con 14 pagas, es decir, 25.200 € al año.
- Contrato desde el 15 de abril de 2022. Fecha de efectos del despido: 15 de octubre de 2026. Son 4 años y 6 meses (4,5 años).
- Salario diario: 25.200 ÷ 365 = 69,04 €.
- Finiquito: el mismo del ejemplo de cómo calcular un finiquito, 2.775 € brutos (salario pendiente, vacaciones y paga de Navidad).
| Concepto | Despido objetivo | Despido improcedente |
|---|---|---|
| Días de indemnización por año | 20 | 33 |
| Días totales (× 4,5 años) | 90 | 148,5 |
| Indemnización (× 69,04 €) | 6.213,60 € | 10.252,44 € |
| Finiquito (aparte) | 2.775,00 € | 2.775,00 € |
| Total de ambas cantidades | 8.988,60 € | 13.027,44 € |
Son importes brutos. En un despido disciplinario procedente, solo cobrarías el finiquito: 2.775 €. Pueden aparecer pequeñas diferencias por redondeo, según si usas el salario diario con o sin decimales.
¿Cómo se calcula el salario diario para una indemnización?
Se usa el salario anual dividido entre 365.
Salario anual ÷ 365 = salario diario
Ojo con no mezclarlo con el del finiquito. Para los días trabajados y las vacaciones se usa normalmente el salario mensual entre 30. Para la indemnización, el anual entre 365.
Qué conceptos pueden formar parte del salario anual:
- Salario base y complementos salariales, como la antigüedad.
- Pagas extra, también si están prorrateadas.
- Variables y comisiones que cobres de forma habitual.
Quedan fuera los conceptos que no son salario, como las dietas o los gastos que te reembolsan. Un ejemplo numérico: 1.800 × 14 = 25.200 €; 25.200 ÷ 365 = 69,04 € al día.
Si quieres repasar el método, tienes la guía de cómo calcular el salario diario: fórmula y ejemplos.
¿Tengo derecho a paro si me despiden?
Sí, si cumples los requisitos de acceso. Un despido te coloca en situación legal de desempleo. Hay que haber cotizado el mínimo exigido y pedir la prestación dentro del plazo, que es corto.
Aquí está la diferencia con la baja voluntaria. Si dimites, por regla general no tienes derecho al paro. Si te despiden, sí puede haberlo.
En este artículo no se calcula la prestación. Para tu caso concreto, consulta al SEPE.
¿Qué debo revisar antes de firmar el finiquito?
- Fecha de efectos: el último día de contrato. De ella depende la antigüedad.
- Tipo de despido: que coincida con la carta, porque cambia la indemnización.
- Salario utilizado: que incluya todos los conceptos salariales, y no solo el salario base.
- Antigüedad: la fecha de inicio del contrato. Revisa si hay contratos anteriores.
- Vacaciones: días generados, disfrutados y pendientes.
- Pagas extra: que estén incluidas, si no están prorrateadas.
- Indemnización: los días por año y el total.
- Deducciones: en el finiquito se aplican cotizaciones e IRPF. La indemnización legal tiene tratamiento propio, así que no la compares con el resto sin comprobarlo.
- Cantidad final: que la suma cuadre.
¿Qué hago si no estoy de acuerdo con el despido o con las cantidades?
Son dos cuestiones distintas, con plazos distintos. No las mezcles.
- Disconformidad con el despido: si crees que no está justificado, puedes impugnarlo. El plazo es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos. Es muy corto y no se amplía.
- Disconformidad con el finiquito o las cantidades: si falta dinero, puedes reclamar la diferencia. Tienes un año para cantidades salariales. Lo vemos en qué hacer si la empresa te ha pagado menos.
Si no estás de acuerdo, no firmes «conforme». Puedes anotar «no conforme» o «pendiente de revisión». Y no dejes pasar el plazo de 20 días: es el que se pierde con más facilidad.
Si te despiden, separa primero finiquito e indemnización y comprueba después que cada una está bien calculada. Si prefieres que revisemos tu finiquito antes de firmar, mira nuestros planes de revisión.




