Cómo calcular una indemnización por despido paso a paso

La indemnización por despido depende de tres cosas: el tipo de despido, tu salario y tu antigüedad.

El cálculo no se hace sobre lo que cobras en la nómina del mes, sino sobre un salario regulador: tu salario diario, calculado con todos los conceptos salariales. Aquí verás cómo hacerlo tú mismo, con varios ejemplos con números.

Si primero quieres saber qué te corresponde según el tipo de despido, tienes la guía de qué me corresponde si me despiden.

¿Qué datos necesito para calcular la indemnización?

  • Tipo de despido: objetivo o improcedente. De él depende cuántos días se pagan por año. Lo pone la carta de despido.
  • Salario: el salario anual con todos los conceptos salariales.
  • Antigüedad: el tiempo que llevas trabajando en la empresa.
  • Fecha de inicio y de efectos del despido: con ellas se cuentan los años y los meses.
  • Periodos anteriores al 12 de febrero de 2012: si tu contrato empezó antes, se aplica una regla distinta a esa parte.

Si tuviste contratos anteriores en la misma empresa, pregunta si cuentan para la antigüedad. A veces suman, y por eso conviene revisar tu vida laboral.

¿Cómo calcular el salario diario para la indemnización?

Se usa el salario anual dividido entre 365.

Salario anual ÷ 365 = salario diario

Qué conceptos se tienen en cuenta:

  • Salario base y complementos salariales, como la antigüedad o el plus de convenio.
  • Pagas extra, también si están prorrateadas.
  • Variables y comisiones que cobres de forma habitual, normalmente con la media del último año.

Quedan fuera los conceptos que no son salario, como las dietas, los gastos que te reembolsan o las indemnizaciones.

Ejemplo 1: pagas separadas

Salario de 1.800 € al mes con 14 pagas: 1.800 × 14 = 25.200 €. Salario diario: 25.200 ÷ 365 = 69,04 €.

Ejemplo 2: pagas prorrateadas y variable

Salario de 1.500 € al mes con las pagas incluidas, es decir, 1.500 × 12 = 18.000 €. Más 1.200 € al año de comisiones de media. Total: 19.200 €. Salario diario: 19.200 ÷ 365 = 52,60 €.

Para repasar el método, tienes la guía de cómo calcular el salario diario. Ojo: en el finiquito se usa normalmente el salario mensual entre 30. Para la indemnización, el anual entre 365.

¿Cómo se calcula la indemnización por despido?

Primero se calculan los días de indemnización y después se multiplican por el salario diario. Los periodos inferiores a un año se calculan en proporción por meses. Por ejemplo, 5 años y 3 meses son 5,25 años.

Despido objetivo: 20 días por año

20 días × años trabajados × salario diario = indemnización

  • Límite: 12 mensualidades, es decir, 360 días de salario. Se alcanza con 18 años de antigüedad.

Ejemplo completo. Salario diario de 60 € y 5 años y 3 meses de antigüedad:

  • Años: 5,25.
  • Días de indemnización: 20 × 5,25 = 105 días.
  • Importe: 105 × 60 = 6.300 €.
  • Límite de 12 mensualidades: 360 × 60 = 21.600 €. No se supera.

En el despido objetivo, la empresa debe además darte un preaviso de 15 días, o pagarte el salario de esos días. Es una cantidad aparte de la indemnización.

Despido improcedente: 33 días por año Si vas a impugnar la decisión, revisa también el plazo para reclamar un despido.

33 días × años trabajados × salario diario = indemnización

  • Límite: 24 mensualidades, es decir, 720 días de salario. Se alcanza con cerca de 22 años de antigüedad.

Ejemplo completo. Salario diario de 60 € y 8 años y 6 meses de antigüedad, con el contrato posterior al 12 de febrero de 2012:

  • Años: 8,5.
  • Días de indemnización: 33 × 8,5 = 280,5 días.
  • Importe: 280,5 × 60 = 16.830 €.
  • Límite de 24 mensualidades: 720 × 60 = 43.200 €. No se supera.

Cuando el despido es improcedente, la empresa puede elegir entre pagar la indemnización o readmitirte.

¿Y si tengo antigüedad anterior al 12 de febrero de 2012?

El cálculo se divide en dos tramos:

  • Hasta el 12 de febrero de 2012: 45 días de salario por año trabajado.
  • Desde esa fecha: 33 días de salario por año trabajado.

Los dos se suman. Los periodos inferiores a un año se prorratean por meses.

Límites aplicables. Como norma general, el total no puede superar 720 días (24 mensualidades). Hay una excepción: si el tramo anterior a 2012 ya supera por sí solo los 720 días, se mantiene ese resultado, sin sumar el tramo posterior y con un máximo de 42 mensualidades.

Ejemplo sencillo con dos periodos. Salario diario de 60 €. El contrato empezó el 12 de febrero de 2009 y el despido improcedente tiene efectos el 12 de agosto de 2026:

TramoAntigüedadDías de indemnizaciónImporte
Hasta el 12/02/2012 (45 días/año)3 años45 × 3 = 135135 × 60 = 8.100 €
Desde el 12/02/2012 (33 días/año)14,5 años33 × 14,5 = 478,5478,5 × 60 = 28.710 €
Total17,5 años613,536.810 €

Se comprueba el límite: 613,5 días son menos de 720. No se aplica el tope.

Ejemplo completo de indemnización por despido

Un caso desde cero. Es un ejemplo orientativo, con los mismos datos que en la guía de qué me corresponde si me despiden:

PasoDato o cálculoResultado
1. Salario anual1.800 € × 14 pagas25.200 €
2. AntigüedadDel 15/04/2022 al 15/10/20264 años y 6 meses = 4,5 años
3. Salario diario25.200 ÷ 36569,04 €
4. Tipo de despidoImprocedente33 días por año
5. Días de indemnización33 × 4,5148,5 días
6. Operación148,5 × 69,0410.252,44 €
7. ResultadoLímite: 720 días. No se supera.10.252,44 € brutos

Si el mismo caso fuera un despido objetivo: 20 × 4,5 = 90 días × 69,04 = 6.213,60 €.

Son importes brutos, antes de cualquier tratamiento fiscal. Pueden aparecer pequeñas diferencias por el redondeo del salario diario.

¿La indemnización por despido paga IRPF?

Depende de la cantidad. La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta el importe que la ley establece como obligatorio, con un límite de 180.000 €.

Por tanto:

  • La parte legal: normalmente no tributa.
  • Lo que supere la cantidad legal: por ejemplo, si la empresa te ofrece más por un acuerdo, esa parte sí puede tributar.
  • Otras cantidades del despido: los salarios de tramitación o lo que te paguen por otros conceptos sí tributan.

Ojo con la diferencia entre indemnización y finiquito. El finiquito es salario pendiente, así que se trata como el resto de tus retribuciones, con retención de IRPF. La indemnización tiene su propia regla.

Si la extinción no es un despido real, por ejemplo una baja pactada, la exención puede no aplicarse. En ese caso conviene consultarlo.

¿La indemnización cotiza a la Seguridad Social?

Regla general: no. La indemnización por despido, en la cuantía legal obligatoria, no se incluye en la base de cotización.

La excepción es lo mismo que en el IRPF: lo que se pague por encima de la cantidad legal, o ciertos conceptos de naturaleza salarial incluidos en el pago, sí puede cotizar.

No hay que confundir las dos cosas, porque cada una se rige por su propia norma:

ConceptoIRPFCotización a la Seguridad Social
Indemnización legalExenta (con límite)No cotiza
Parte que supera la legalPuede tributarPuede cotizar
FiniquitoTributaCotiza

¿Qué pasa si la empresa calcula mal la indemnización?

Repasa estos puntos antes de firmar nada:

  • Salario: que incluya todos los conceptos salariales, con las pagas prorrateadas y las variables habituales. Un error frecuente es usar solo el salario base.
  • Antigüedad: la fecha de inicio y la fecha de efectos. Revisa si faltan contratos anteriores.
  • Tipo de despido: que coincida con la carta, porque cambia los días por año.
  • Cálculo: repite la operación con tus datos, como en los ejemplos de arriba.

Si hay una diferencia:

  • Pide por escrito el desglose del cálculo: salario diario, años y días.
  • No firmes «conforme». Anota «no conforme» o «pendiente de revisión».
  • Reclama la diferencia. Para cantidades salariales tienes un año. Lo vemos en qué hacer si la empresa te ha pagado menos.
  • No dejes pasar el plazo del despido. Si además discutes que el despido esté justificado, el plazo para impugnarlo es de 20 días hábiles. Es distinto del de reclamar cantidades.

La fórmula es siempre la misma: días por año del tipo de despido × años de antigüedad × salario diario. Lo que la determina es el tipo de despido, el salario regulador y la antigüedad. Si prefieres que revisemos tu indemnización antes de firmar, mira nuestros planes de revisión.

Scroll al inicio
Powered by Joinchat