Depende de qué te propongan. No es lo mismo pasar de jornada completa a parcial, cambiar tu horario o aplicar una reducción temporal mediante un ERTE.
La regla clave es esta: la conversión de jornada completa a parcial es voluntaria. La empresa no puede imponerla. Pero sí existen mecanismos legales para cambiar condiciones o reducir la jornada de forma temporal, con causa y procedimiento. Aquí verás cuáles son y qué hacer en cada caso.
¿Me pueden reducir la jornada laboral sin mi consentimiento?
Jornada completa y jornada parcial
- Jornada completa: la que marca tu convenio o tu contrato, por ejemplo 40 horas a la semana.
- Jornada parcial: un número de horas inferior al de un trabajador a jornada completa comparable.
La conversión es voluntaria
El Estatuto de los Trabajadores establece que convertir un contrato a tiempo completo en uno a tiempo parcial, o al revés, tiene carácter voluntario para el trabajador. No se puede imponer de forma unilateral, ni tampoco a través de una modificación sustancial de condiciones.
Si hay un cambio, tiene que acordarse y constar por escrito.
Qué puede hacer la empresa legalmente
- Proponerte el cambio y que tú decidas si lo aceptas.
- Cambiar tu horario o turno, con causa y procedimiento, si no cambia el número total de horas.
- Reducir la jornada de forma temporal con un ERTE, si hay causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Despedirte por causas objetivas, si hay causa real. Pero no por haberte negado a la conversión.
¿Me pueden reducir las horas de trabajo y el sueldo?
La empresa puede cambiar algunas condiciones sin tu acuerdo mediante una modificación sustancial de condiciones de trabajo. Para eso necesita:
- Una causa económica, técnica, organizativa o de producción.
- Avisarte con 15 días de antelación.
- Si afecta a muchos trabajadores, un periodo de consultas con sus representantes.
Pero esa vía no permite convertir tu jornada completa en parcial. Sirve, por ejemplo, para cambiar el horario o los turnos, o el sistema de retribución.
Reducir horas, cambiar el horario y reducir el salario
Son tres cosas distintas:
| Medida | Qué cambia | ¿Puede imponerla la empresa? |
|---|---|---|
| Reducir las horas | Menos horas y menos sueldo, en proporción | No, es voluntaria. Salvo un ERTE temporal |
| Cambiar el horario | Mismas horas, en otro momento | Sí, con causa y procedimiento si es un cambio sustancial |
| Reducir el salario | Menos sueldo sin cambiar las horas | Solo con causa y procedimiento de modificación de condiciones |
Ejemplo práctico
Eres trabajador a jornada completa: 40 horas a la semana y 1.800 € brutos al mes.
- Te cambian el horario de mañana a tarde: sigues con 40 horas y 1.800 €.
- Te proponen pasar a 30 horas: cobrarías 1.350 €. Es una reducción del 25 %. Necesita tu consentimiento por escrito.
- Te bajan el sueldo a 1.500 € sin tocar las horas: es otra cosa. Solo puede hacerse con causa y procedimiento.
Es un ejemplo orientativo. Si te lo proponen, no lo des por hecho: compruébalo.
¿Me pueden reducir la jornada por falta de trabajo?
Sí, de forma temporal, mediante un ERTE. Es un expediente de regulación temporal de empleo. Permite reducir la jornada cuando hay una causa objetiva.
- Causas: económicas, técnicas, organizativas o de producción. Por ejemplo, una bajada de pedidos.
- Límites: la reducción es temporal, y puede ser de entre el 10 % y el 70 % de la jornada.
- Procedimiento: la empresa debe abrir un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores y comunicar la decisión.
Efectos sobre el salario y el paro
- Salario: baja en proporción a las horas reducidas.
- Paro: puedes tener derecho a una prestación por desempleo parcial por las horas que no trabajas. Los requisitos y el importe dependen de cada caso, y los gestiona el SEPE.
Cuando termina el ERTE, vuelves a tu jornada anterior. Si la reducción es definitiva, no es un ERTE.
¿Qué pasa si me niego a aceptar la reducción de jornada?
Si la empresa te propone pasar de jornada completa a parcial y te niegas, no pasa nada. Tu contrato sigue igual.
No pueden despedirte ni sancionarte por rechazarlo. La ley lo protege expresamente. Si lo hacen, el despido o la sanción pueden ser improcedentes o nulos.
Ojo con un matiz. La empresa sí puede tomar medidas por causas objetivas reales, como un despido objetivo o un ERTE. Pero tienen que ser causas reales y probadas, y no una represalia por tu negativa.
Qué conviene revisar antes de firmar
- Qué estás firmando: si es una propuesta que puedes rechazar o una notificación de una medida.
- Horas y horario: cuántas horas a la semana y cómo se reparten.
- Salario: que sea proporcional y que no se pierdan complementos que te corresponden.
- Duración: si es temporal o definitiva, y cómo se vuelve a la jornada completa.
- Si dice «acuerdo»: firmar «conforme» puede hacerte perder la posibilidad de reclamar después. Si no estás de acuerdo, anota «no conforme».
¿Qué puedo hacer si la empresa ya me ha reducido las horas?
Documentación que conviene conservar
- Tu contrato y sus modificaciones.
- La comunicación de la empresa, y cualquier documento que hayas firmado.
- Las nóminas de antes y después del cambio.
- Tus cuadrantes, calendarios o registro de jornada.
- Correos o mensajes sobre el cambio.
Cómo comprobar si es legal
- ¿Lo aceptaste por escrito? Si fue voluntario, es difícil discutirlo después.
- ¿Es una reducción de horas o un cambio de horario? No siguen las mismas reglas.
- ¿Hay un ERTE? Pide que te lo comuniquen por escrito, con las fechas y el porcentaje de reducción.
- ¿Se ha seguido el procedimiento? Causa, preaviso de 15 días y, si procede, consultas.
Plazos, según el tipo de decisión
| Qué reclamas | Plazo orientativo |
|---|---|
| Contra una modificación de condiciones o una medida de ERTE | 20 días hábiles desde la notificación |
| Cantidades que te deban por el salario recortado | 1 año |
Son plazos cortos. Si dudas, consulta cuanto antes con un abogado laboralista o un sindicato. Si la modificación te perjudica, puede haber también la opción de rescindir el contrato con indemnización.
¿Cómo afecta una reducción de jornada a la nómina?
El salario bruto baja en proporción a las horas. Con él bajan las bases de cotización, y la retención de IRPF también puede cambiar. Para estimar el importe que recibirías, consulta cómo calcular el salario neto desde el bruto.
Un ejemplo sencillo, solo orientativo. Pasas de 40 a 30 horas, con un 6,50 % de Seguridad Social y un 15 % de IRPF:
| Concepto | Jornada completa (40 h) | Jornada reducida (30 h) |
|---|---|---|
| Salario bruto | 1.800,00 € | 1.350,00 € |
| Seguridad Social (6,50 %) | 117,00 € | 87,75 € |
| IRPF (15 %) | 270,00 € | 202,50 € |
| Líquido aproximado | 1.413,00 € | 1.059,75 € |
El líquido baja 353,25 €, un 25 %, igual que el bruto, porque en el ejemplo se usan los mismos porcentajes. En la realidad, el IRPF puede ajustarse.
Diferencias según la medida
- Cambio de horario: el bruto no cambia.
- Reducción voluntaria de jornada: el bruto baja en proporción. No hay paro por las horas reducidas.
- ERTE: el bruto baja en proporción, y puedes cobrar un paro parcial por las horas no trabajadas.
- Reducción de sueldo sin reducir horas: el bruto baja sin que haya menos trabajo. Es lo que más conviene revisar.
Para comprobar tu nómina, tienes la guía de cómo saber si tu nómina está bien calculada. Y si te están pagando menos de lo que corresponde, qué hacer si la empresa te ha pagado menos.
Recuerda: pasar a jornada parcial es voluntario, y la empresa solo puede cambiar el horario o reducir temporalmente la jornada por las vías legales. Si te han bajado las horas y quieres comprobar la nómina, revisamos tu nómina: mira nuestros planes de revisión.


