¿Me pueden despedir durante el periodo de prueba?

Si la empresa te comunica que no has superado el periodo de prueba, puede finalizar tu contrato sin pagarte una indemnización, siempre que el periodo de prueba sea válido y la decisión se produzca dentro del plazo acordado. Sin embargo, sí tienes derecho al finiquito y, en determinadas circunstancias, puedes cobrar el paro.

Antes de aceptar el cese, conviene comprobar cuánto duraba el periodo de prueba, qué establece tu convenio colectivo y qué cantidades te debe la empresa.

¿Me pueden despedir durante el periodo de prueba sin avisar?

Sí. El artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores permite que tanto la empresa como la persona trabajadora den por terminada la relación laboral durante el periodo de prueba.

Por regla general, la empresa puede comunicar que no has superado la prueba sin conceder un preaviso de 15 días y sin pagar una indemnización por despido.

Esto no significa que pueda hacerlo por cualquier motivo. La decisión no puede vulnerar derechos fundamentales ni encubrir una discriminación. Además, hay que comprobar que el periodo de prueba se pactó correctamente y que seguía vigente en la fecha del cese.

¿Cuánto puede durar el periodo de prueba?

La duración debe respetar lo establecido en el convenio colectivo aplicable y, en su defecto, los límites previstos en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores.

SituaciónDuración máxima general
Técnicos titulados6 meses
Resto de trabajadores2 meses
Trabajadores no titulados en empresas de menos de 25 trabajadores3 meses
Contratos temporales de hasta 6 meses1 mes, salvo que el convenio disponga otra cosa

Estos límites generales se aplican cuando no existe una regulación específica en el convenio colectivo. La duración concreta depende del tipo de contrato y de las condiciones aplicables.

Además, el periodo de prueba debe pactarse por escrito. Si ya habías desempeñado las mismas funciones anteriormente en esa empresa, bajo cualquier modalidad de contratación, el pacto de prueba es nulo.

Puedes consultar la regulación completa en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué pasa si la empresa me comunica el cese cuando ya ha terminado el periodo de prueba?

Si el periodo de prueba ha vencido y la empresa no ha comunicado su finalización durante ese plazo, el contrato produce plenos efectos. Por tanto, la empresa no puede utilizar posteriormente el periodo de prueba como si todavía estuviera vigente.

En ese caso, las consecuencias dependerán de las circunstancias concretas. Si la empresa comunica que no has superado la prueba fuera de plazo, conviene revisar la documentación cuanto antes, porque podría ser posible impugnar la extinción.

También debes comprobar si el periodo de prueba estaba correctamente pactado, si respetaba el convenio colectivo y si existía algún motivo que pudiera convertir la decisión empresarial en discriminatoria o contraria a tus derechos.

¿Qué finiquito me corresponde si no supero el periodo de prueba?

Aunque la empresa no tenga que pagarte una indemnización por finalizar válidamente el contrato durante la prueba, debe abonarte las cantidades que hayas generado hasta la fecha del cese.

El finiquito puede incluir:

  • Salario pendiente: los días trabajados que todavía no se hayan pagado.
  • Vacaciones no disfrutadas: los días generados hasta la fecha de finalización que no hayas utilizado.
  • Parte proporcional de las pagas extraordinarias: si no están prorrateadas y queda una cantidad pendiente de abono.
  • Otros conceptos pendientes: comisiones, complementos u otras cantidades salariales que hayas generado y que correspondan según tu contrato y convenio.

La cantidad final depende de tu salario, los días trabajados, las vacaciones generadas, las pagas extraordinarias y los importes que ya te hayan abonado.

Ejemplo de finiquito durante el periodo de prueba

Imagina que tienes un salario mensual de 1.500€ y la empresa finaliza tu contrato después de haber trabajado 10 días que todavía no te ha pagado. Si para ese cálculo corresponde utilizar un salario diario de 50€ (1.500€ ÷ 30), tendrías pendientes 500€ de salario.

A esa cantidad habría que añadir, si corresponde, las vacaciones no disfrutadas, las pagas extraordinarias pendientes y otros conceptos devengados. Por tanto, los 500€ no serían necesariamente el finiquito completo.

Consulta nuestra guía sobre cómo calcular un finiquito paso a paso para conocer los conceptos que deben incluirse en la liquidación.

¿Tengo derecho a indemnización si no supero el periodo de prueba?

Con carácter general, no corresponde indemnización por despido cuando la empresa da por finalizado válidamente el contrato durante el periodo de prueba.

Esto no elimina el derecho al finiquito. Son conceptos diferentes: el finiquito liquida las cantidades pendientes que ya has generado, mientras que la indemnización compensa determinadas extinciones contractuales cuando la ley reconoce ese derecho.

Si el periodo de prueba no era válido, había terminado o la decisión empresarial vulnera tus derechos, la situación puede ser distinta y conviene analizarla antes de aceptar que el cese se ha realizado correctamente.

¿Puedo cobrar el paro si la empresa me echa durante el periodo de prueba?

Sí, puedes tener derecho a la prestación por desempleo si la empresa decide que no has superado el periodo de prueba, pero depende de cómo terminó tu trabajo anterior y de si cumples los requisitos del SEPE.

Hay una condición especialmente importante: si dejaste tu empleo anterior voluntariamente y la nueva empresa te comunica que no has superado el periodo de prueba antes de que hayan transcurrido tres meses desde esa baja voluntaria, en general no estarás en situación legal de desempleo por ese motivo.

Si se cumplen las condiciones exigidas, el cese durante la prueba puede dar acceso al paro. También debes reunir los requisitos de cotización y acceso a la prestación que correspondan.

Consulta la información oficial del SEPE sobre las situaciones legales de desempleo y los requisitos para acceder a la prestación.

¿Me pueden echar durante el periodo de prueba si estoy de baja médica?

Estar de baja médica no impide automáticamente que la empresa finalice el contrato durante el periodo de prueba. Sin embargo, el cese no puede utilizarse para discriminarte ni vulnerar los derechos que te reconoce la ley.

Además, el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores establece que determinadas situaciones, como la incapacidad temporal, pueden interrumpir el cómputo del periodo de prueba si existe acuerdo entre ambas partes. Por eso, es importante comprobar si se pactó esa interrupción y cuál era la fecha efectiva de finalización del periodo.

Si el cese coincide con una baja médica, existen indicios de discriminación o la empresa ha incumplido las condiciones del periodo de prueba, conviene revisar el caso concreto antes de dar por válida la extinción.

¿Qué debo revisar si la empresa me dice que no he superado la prueba?

Antes de dar por cerrado el asunto, comprueba estos puntos:

  • Que el periodo de prueba figure por escrito en el contrato.
  • Que su duración respete el convenio colectivo y los límites legales aplicables.
  • Que no hayas realizado anteriormente las mismas funciones en esa empresa bajo otra modalidad contractual.
  • Que la comunicación del cese se haya producido mientras el periodo de prueba seguía vigente.
  • Que el finiquito incluya todos los salarios y demás cantidades pendientes.
  • Que la extinción no vulnere derechos fundamentales ni encubra una discriminación.

Si consideras que la empresa ha actuado incorrectamente, no dejes pasar el tiempo: los plazos para impugnar una extinción laboral pueden ser breves. La calificación jurídica dependerá de los hechos y de la documentación disponible.

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